Sinde, este blog tiene Reservado el Derecho de Admisión
Visto que ahora vamos a tratar a los contenidos virtuales como si fueran físicos, y que se podrá utilizar un simple inspector para meter un paquete a una web como si fuera una cocina infestada de cucarachas, he decidido que yo también voy a implementar algo que nunca debería pasar del Mundo Real al virtual, el Derecho de Admisión.
A partir de este momento, todos los trabajadores, colaboradores y asociados del Ministerio de Cultura y la Sociedad General de Autores y Editores o cualquier persona física o jurídica que tenga relación con ellos, se debe considerar expulsada de este blog y, por lo tanto, no se le permite disfrutar de su contenido. Sea el que sea.

Considero que esta gente no es bienvenida básicamente porque creo que yo tampoco soy bienvenido en su casa. Sus últimos movimientos vienen a considerarme un delincuente, como sí los euros que me gastara en cultura los recibieran con los brazos abiertos pero cualquier reclamación o propuesta que yo haga la tomaran a broma. Considero que a pesar de que en muchos sitios se avanza (no hay más que ver la proliferación y rentabilidad de los servicios de contenidos en el norte de Europa y EEUU), en España se camina hacia atrás.
Además, considero que no son bien recibidos aquellos que prefieren montar un entramado de empresas para lucrarse y de cara al público decir que se mueren de hambre.
Igual que un trabajador vive de un trabajo bien hecho, una persona que viva de crear cultura debe crear buena cultura.
Así pues, ya considero que leer este blog es una actividad recreativa, el artículo 50 del Real Decreto 2816/82, de 27 de agosto de 1982, según la interpretación del TS 2ª S 16-12-1993 por el Excmo. Sr. D. Enrique Bacigalupo Zapater el dueño de un local (en este caso blog, pero ya he dicho que ahora la diferencia entre real y virtual es ninguna) tiene derecho a no permitir la entrada a su blog a personas que crea que pueden generar problemas a las otras personas y clientes (en este caso, los demás lectores).

Así que dicho queda, Reservado el Derecho de Admisión.
P.D: En realidad es una verdadera lástima que yo haya interpretado la ley conforme me ha dado la gana. Pero, a ver si se pasa por aquí alguien que pueda instruirnos y ver si esto es minimamente viable.

